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Asamblea aprobó la Ley Orgánica de Recuperación de Bienes de Origen y Destino Ilícito e Injustificado

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Boletín 007-2021

Después de 3 años de la primera propuesta de proyecto, el pasado 19 de enero de 2021, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica de Recuperación de Bienes de Origen y Destino Ilícito e Injustificado con 131 votos a favor y 1 abstención de la asambleísta Marcela Aguiñaga (bloque correísta). La normativa tiene como propósito regular la extinción de dominio de los bienes de origen ilícito o injustificado o destino ilícito. Adicionalmente, esta normativa establece que la extinción de dominio es patrimonial, imprescriptible, autónoma, distinta e independiente de cualquier otro proceso o materia.

Raúl Tello (Movimiento Político Unidos por Pastaza), ponente del proyecto de ley, presentó la moción para votación resaltando que la propuesta normativa es autónoma y patrimonial debiendo ser retrospectiva e imprescriptible y que está orientada a luchar contra la delincuencia organizada que ha atentado contra los recursos públicos. Por su parte, Noralma Zambrano (Alianza PAIS), presentó un texto alternativo eliminando la retrospectividad e imprescriptibilidad y mencionó que no se puede aprobar leyes inconstitucionales o que violen los tratados internacionales. Sin embargo, se aprobó la moción del asambleísta Tello. 

Marcela Aguiñaga se abstuvo de votar asegurando que esta norma puede constituir una herramienta de venganza y arbitrariedad. Argumentó que no se comprende la naturaleza jurídica, no se respeta el principio de inocencia, que la norma es interpretativa, es subjetiva, no se garantiza el derecho a la defensa y afirmó que la retrospectividad es retroactividad camuflada. Mae Montaño (independiente) aseguró que la norma permitirá combatir la corrupción y el crimen organizado, persiguiendo bienes y patrimonios más no personas.

La norma aprobada por la Asamblea Nacional se encuentra en manos del Ejecutivo esperando el veto parcial o total. Si desea conocer el texto aprobado puede realizarlo en el siguiente enlace.

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