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Observatorio Judicial de FCD presentó aportes a la reforma del Código Orgánico de la Función Judicial

Función Judicial
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Boletín 03-2020

El director ejecutivo de Ciudadanía y Desarrollo, Mauricio Alarcón Salvador, participó este miércoles 22 de enero, de la sesión organizada por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado de la Asamblea Nacional para recibir observaciones sobre las reformas al Código Orgánico de la Función Judicial. La participación se cumplió por invitación de la asambleísta Ximena Peña, presidenta de la Comisión Especializada. La intervención de nuestro Director se enfocó en tres temas: la figura del error inexcusable, la creación de jueces anticorrupción y el proceso de selección de notarios.

Respecto del error inexcusable, se presentaron cifras entregadas por el Consejo de la Judicatura al Observatorio Judicial de FCD según las cuales, entre 2009 y 2019, 186 jueces fueron destituidos aplicando esta figura que, a criterio de los principales organismos de promoción y defensa derechos humanos, atenta contra la independencia judicial y ha sido usada como herramienta de presión política.

Se mencionó además que una de las principales acciones que forma parte de la Hoja de Ruta Justicia 2020, impulsada por el Observatorio Judicial de FCD con el apoyo de la Fundación Panamericana para el Desarrollo, es una reforma normativa para que las figuras del error inexcusable y la negligencia manifiesta respondan a principios y estándares internacionales. Se destacó la reforma que ya forma parte de un informe, enviado por la Comisión a la Presidencia de la Asamblea Nacional el 31 de julio de 2018, y se solicitó su pronta aprobación.

Sobre la propuesta presentada por la Función Ejecutiva de crear jueces especializados anticorrupción, Alarcón destacó la voluntad de cumplir con el compromiso asumido por el Estado de contar con “órganos o personas especializadas en la lucha contra la corrupción mediante la aplicación coercitiva de la ley”, consagrado en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), ratificada por Ecuador en 2005. Sin embargo, calificó la propuesta de incompleta e irresponsable, en especial por cuanto se adjunta un dictamen del Ministerio de Economía y Finanzas que afirma que esta reforma “no representará asignaciones (presupuestarias) adicionales” afirmando que es responsabilidad del Consejo de la Judicatura optimizar su presupuesto para aplicar lo dispuesto en el proyecto de ley.

La Función Judicial recibe tan solo el 1.5% del Presupuesto General del Estado y aún así es la segunda Función del Estado con mayor asignación presupuestaria, que hasta el momento resulta insuficiente para contar con una justicia de calidad que responda a las demandas ciudadanas.

Finalmente, en cuanto a los procesos públicos para designar notarios, Alarcón afirmó que la normativa actual, contenida en el Código Orgánico de la Función Judicial, no se contrapone al mandato constitucional sobre la materia, y que, si se pretende que la “reelección” (un segundo período en la misma notaría) sea realice a través de un concurso público, es necesario reformar el artículo 300 del Código. Un proceso de este tipo debe estar claramente establecido por una ley y no estar sujeto a interpretaciones de la autoridad administrativa del sector justicia.

Le invitamos a conocer más detalles sobre las acciones contenidas en nuestra Hoja de Ruta Justicia 2020.

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